¿Se puede condenar a un hombre por prohibir tocar unas campanas? Por supuesto que sí. ¿Se le puede condenar a pesar de sus múltiples servicios prestados, a pesar de desempeñar eficientemente el trabajo encomendado, de ser un leal y abnegado funcionario real y de haber proporcionado a la institución que lo quiere condenar la nada desdeñable cifra de 6000 nuevos feligreses? Pues sí. Se puede. Y tanto que se puede.
Veamos el caso del intendente Olavide…
Pablo Antonio José de Olavide y Jáuregui había nacido en Lima y había llegado a la península después de una serie de sucesos que aquí no hace falta narrar. Además de funcionario real, era un intelectual ilustrado. Lo cual no le ayudó precisamente, como veremos…
Era muy aficionado al teatro. En Madrid monta una tertulia y teatrillo en su domicilio donde se representan obras traducidas por sus amigos y traduce él mismo obras francesas. Especial devoción tuvo por Racine y Voltaire; éste último fue sin duda el autor francés más traducido por Olavide, a quien conocía personalmente. También creó la primera escuela de arte dramático del país.
Carlos III le encomendará los proyectos de colonización en diversas zonas del sur de España, siendo nombrado Intendente de Sevilla y del Ejército de Andalucía y Superintendente de las Nuevas Poblaciones de Sierra Morena y Andalucía. Como Intendente de los cuatro reinos de Andalucía (Sevilla, Córdoba, Jaén y Granada) Olavide gozaría de autoridad sobre los intendentes locales, en asuntos militares y de guerra. Pero su cargo municipal le daba plenos poderes en todo lo tocante a Justicia, Política y Hacienda.
La colonización de Sierra Morena es su mayor proyecto. Se llevaron a Sierra Morena a unos seis mil colonos (campesinos alemanes católicos) repartidos por distintas fundaciones: La Carolina, La Carlota, La Luisiana y otras hasta el total de quince pueblos que se fundaron en el proceso.
En 1775 se le abrió proceso inquisitorial y fue acusado por haber sostenido proposiciones heréticas, tales como haber defendido el sistema de Copérnico y “haber prohibido en las colonias que se tocasen las campanas a muerto, para que no se abatiese el ánimo de los pobladores que diariamente diezmaban la peste.» También se le acusa de defender la moralidad del teatro y de permitir los bailes públicos. Ingresa en prisión a fines de 1776. Fue declarado: “hereje, infame y miembro podrido de la Religión”. Se le condenó a exilio perpetuo de Madrid, de las residencias reales, de Lima, de Andalucía; a ocho años de reclusión en un monasterio, bajo las órdenes de un director de conciencia, que le enseñaría todos los días la doctrina y los dogmas de la fe católica, que le haría confesarse, oír misa, rezar el rosario y ayunar todos los viernes durante un año. Además, sólo podría leer algunas obras religiosas. Sus bienes quedaban confiscados y él mismo y sus descendientes hasta la quinta generación eran excluidos de todo empleo público.
Bien, hasta aquí los hechos. Ahora alguna pregunta… ¿Por qué su rey no le ayudó? Carlos III pasa por ser un rey ilustrado (y lo era) pero lo cierto es que no hizo mucho por ayudar a su intendente. Bueno… Algo hizo: evitó que lo quemaran en la hoguera. Algo es algo, hay que decirlo. Pero… ¿no se merecía un funcionario que no ha sido acusado de robar, de abusar de su cargo, de hacer mal su trabajo, ni nada de eso, algo más? ¿A cuantos funcionarios corruptos o incompetentes se ha protegido desde el poder? ¿No se merecía Olavide mejor suerte?
Dejemos que otro conteste esta pregunta:
“… mal pagaron los sevillanos cuanto Olavide había hecho o intentado hacer en beneficio de la ciudad. Las medias verdades, las equívocas interpretaciones, los fanáticos perjuicios y los fabulosos engendros del odio tomaron cuerpo en alas de la fácil murmuración, para crear la “leyenda del Asistente impío”, acusación que borraba ante los ojos de los piadosos ciudadanos todo otro valor humano que pudiera encontrarse en la conducta del magistrado público. Hay ciertos pecados -la impiedad, la inmoralidad- que invalidan las más patrióticas y laudables intenciones, en aras de una concepción sacramentalizada de la vida, todavía vigente en la España de Carlos III”
Francisco Aguilar Piñal, “La Sevilla de Olavide” (1966)
Y otra pregunta… Estamos en 1776. Copérnico murió en 1543. Es cierto que su principal obra, De revolutionibus orbis coelestium, estuvo incluida en el Index Librorum Prohibitorum hasta 1758, pero no en 1776. Al menos no para la iglesia romana. Por lo visto, aquí en la península, alguno no se había enterado o no quería enterarse…
¿Y, por cierto que pasó con Olavide? Aprovechando que había sido trasladado a un balneario de Gerona por motivos de salud (padecía de gota), huyó a Francia donde estuvo exiliado 17 años, antes de que Carlos IV le permitiera regresar a España. De manera que por lo menos pudo morir en su tierra. Algo que a muchos otros les fue negado.
(Nota: como curiosidad conviene recordar la frase que Voltaire dijo de él: “Vos y cuarenta como vos necesita España”. No sé vosotros, pero yo creo que Voltarie se quedó corto.)